Dignidad del paciente

Introducción

Desde el punto de vista de la ética está en juego el reconocimiento de su dignidad al ser humano que padece una enfermedad en sus distintas presentaciones: aguda, crónica, incurable o terminal. De la enfermedad entendida como un estado de necesidad que molesta, perturba y, por tal razón, implica un modo distinto, anormal, de ser hombre.

La condición de anormalidad que entraña “estar enfermo” parece justificar en ciertos estamentos sanitarios un trato deshumanizante, cercano, con frecuencia al desprecio, a la indignidad.

Para el diccionario de la Real Academia de la Lengua la palabra paciente deriva “Del lat. patĭens, – entis, part. act. de pati, padecer, sufrir. Que tiene paciencia. Persona que padece física y corporalmente y se halla bajo atención médica. Persona que es o va a ser reconocida médicamente”.

Se trata, entonces, de reconocer la “Dignidad del enfermo” en su condición de persona, de persona en su miramiento de abstracción filosófica y jurídica. La noción de dignidad estaría, de este modo, implícita en el término paciente. El estatus de paciente busca el reconocimiento del enfermo como sujeto de derechos, los que corresponden a una persona digna y no, solo, la de un individuo poseedor de la mayor paciencia del mundo para aceptar el padecimiento o el sufrimiento de la patología que lo afecta con tranquilidad y resignación.

En el concepto de paciente estaría implícita “La primaria reafirmación de su condición de persona. La intransferible peculiaridad de sus más íntimas vicisitudes biográficas” nos confirma Laín Entralgo.

Hay una extraordinaria correspondencia en el sentido etimológico de las palabras médico y paciente. Médico del latín medicus quiere decir cuidar, el que cuida del otro o se preocupa por el otro.  Mientras la palabra paciente del latín patis quiere decir padecer, sufrir. Paciente sería la persona que padece o sufre una enfermedad. La palabra médico tendría el noble significado de persona que cuida o se preocupa del otro en su condición de enfermo, de enfermo que padece y que sufre. El enfermo que es o va a ser reconocido médicamente se convierte en paciente cuando le reconocemos su dignidad como persona.

PACIENTE O USUARIO. Es por ello que en la normatividad reguladora del actual modelo de salud en Colombia suprimir o cambiar el tradicional trato de paciente que los profesionales de la salud damos a nuestros enfermos por el de “usuario o cliente” ha sido factor influyente en la detestable despersonalización y consiguiente deshumanización de la atención sanitaria. Ejemplos sobran, veamos uno en la Resolución 1995 de 1999. Historia clínica. “ARTICULO 9. IDENTIFICACIÓN DEL USUARIO. Los contenidos mínimos de este componente son: datos personales de identificación del usuario, apellidos y nombres completos, estado civil, documento de identidad, fecha de nacimiento, edad, sexo, ocupación, dirección y teléfono del domicilio y lugar de residencia, nombre y teléfono del acompañante; nombre, teléfono y parentesco de la persona responsable del usuario, según el caso; aseguradora y tipo de vinculación”.

Son diversas las disposiciones ético-legales que proclaman la aceptación de una dignidad, como tal, en sus contenidos.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. La prestación de un servicio médico integral, como derecho indiscutible de la persona enferma, se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando afirma que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otro”. De este dictado se nutren desde la constitución política de nuestro país hasta una serie de resoluciones y principios de carácter ético médico que proclaman en forma insoslayable el respeto y defensa a la dignidad humana y por supuesto a la persona enferma. Veamos algunas:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA. ARTÍCULO 1. “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general… La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables” (artículo 42)

DECÁLOGO DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES. RESOLUCION 13437 DE 1991… “3. Su derecho a recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones que tenga sobre la enfermedad que sufre.

10. Su derecho a morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase Terminal de su enfermedad”.

INVESTIGACIÓN EN SALUD.  RESOLUCIÓN 008430 de octubre 4 de 1993. Por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud.

“ARTÍCULO 5. En toda investigación en la que el ser humano sea sujeto de estudio, deberá prevalecer el criterio del respeto a su dignidad y la protección de sus derechos y su bienestar”.

Kant reconocido como el máximo exponente de la filosofía sobre la dignidad la considera como el valor que diferencia al hombre de las cosas que se le pueden poner precio. Una dignidad ganada como depositario que es de la ley moral de la que es al mismo tiempo legislador y legislado.

Bella definición de lo que es un enfermo la da Don Miguel de Unamuno, ilustre rector vitalicio de Salamanca, que pareciera más literaria que clínica: “Un ser humano de carne y hueso que sufre, ama, piensa y sueña”.

Andorno le da a la definición de dignidad dos sentidos. Un sentido ontológico para referirse a la dignidad del ser, de un ser único en su constitución. Ese ser de carne y hueso que corporal y de manera simbólica nos describe Unamuno. Y un sentido ético para señalar lo que trasciende más allá del ser constitutivo, corporal, con sus acciones personales; es decir al respeto y consideración que merece un ser que también ama, piensa y sueña en correspondencia con el pensamiento unamuniano.

SACRALIDAD DE LA VIDA. La dignidad humana se considera por otro lado desde una perspectiva religiosa o sagrada como de origen divino por dos vías:

  1. La sacralidad de la vida como obra de Dios.

“Hagamos al ser humano a nuestra imagen, como semejanza nuestra”.

  • La sacralidad de la vida como pertenencia a la divinidad por la acción intercesora de Cristo.

 “Cristo que es imagen de Dios invisible es también el hombre perfecto que ha devuelto a la descendencia de Adán la semejanza divina, deformada por el primer pecado. En él la naturaleza humana asumida, no absorbida, ha sido elevada también en nosotros a dignidad sin igual.”

LA ENFEREMDAD UN EVENTO ÉTICO. De tal manera que la enfermedad por el concepto de dignidad se convierte en un evento ético si asumimos la dignidad como una condición propia de la persona capaz del ejercicio de la autonomía, Según el informe Belmont que enuncia los postulados básicos de la bioética “Una persona es autónoma cuando es capaz de deliberar acerca de sus objetivos personales y de actuar bajo la dirección de tal deliberación”.

Kant reconocido como el máximo exponente de la filosofía sobre la dignidad la considera como el valor que diferencia al hombre de las cosas que se le pueden poner precio. Una dignidad ganada como depositario que es de la ley moral de la que es al mismo tiempo legislador y legislado.

La bioética dentro de su contexto secular y pluralista considera al paciente como un agente moral autónomo cuya autodeterminación y dignidad personal deben ser respetadas incluso sobre la vida misma. En esto estriba el conflicto que se presenta en la discusión ético – médica con relación al binomio calidad de vida versus dignidad personal. Según esto los sujetos que no poseen el carácter de agente moral (embriones, fetos) o lo han perdido (Alzheimer, enfermos terminales o en coma) que no son deliberantes, incapaces de decidir sobre sus mejores intereses, no tienen ninguna o poca calidad de vida por faltarles los atributos propios de la racionalidad humana, no son dignos. El valor de la vida humana se soporta solo, según esta apreciación, sobre los atributos de la personalidad. Y así encontrar justificación ética a la eutanasia, al aborto, a la manipulación de embriones etc. Y todo lo que pueda hacerse con la deslumbrante tecnología médica moderna.

¿Hasta dónde los médicos, el propio enfermo o sus familiares pueden disponer de una vida que no vale la pena ser vivida debido a que los criterios de calidad han alcanzado unos niveles mínimos?

Con Kass León es bueno recordar que: “En el hombre permanece siempre un resto de humanidad – aunque esté en estado precario – que ha de ser tratada de modo especial en los casos de enfermedad incurable y Terminal. Si cediéramos y nos convirtiéramos en dispensadores de la muerte, no solo estaríamos incumpliendo el deber de cuidar a nuestros seres queridos. También agravaríamos las peores tendencias de la vida moderna abrazando el tecnicismo y el así llamado humanitarismo en vez de estimular actitudes valientes y verdaderamente humanas”

Objetivo de la bioética es regular los alcances de la ciencia y la tecnología médica y tratar de orientar sobre qué es lo que debe hacerse de todo lo que puede hacerse, siempre en defensa de la dignidad humana, es decir del respeto que merece el ser humano.

El concepto de dignidad como tal es una definición de orden estrictamente filosófico y jurídico cuya comprensión corresponde al conocimiento de los estudiosos, de los científicos, de los académicos.

Cuando se trata de definir un concepto como el de dignidad o cualquier otro, por lo general, el asunto es complejo y difícil. Porque si nosotros hacemos el ejercicio de preguntar a los que no tienen la oportunidad de tener una aproximación filosófica o científica al concepto de dignidad igualmente sobre lo que es el amor a lo mejor nos responden que amor es irse a la cama a tener sexo, es decir “hacer el amor” y pare de contar. A un niño de 4 años le preguntaron que era el amor y respondió “El amor es cuando uno le da un beso a la novia”.


   Laín Entralgo P. 1982. El Diagnóstico médico. Historia y Teoría, Salvat, Barcelona, p.172

  Unamuno, Miguel de, 1977. La vida literaria, Madrid, Espasa-Calpe.p. 17

   Andorno Roberto, 1997.  Bioética y Dignidad de la Persona, Tecnos, Madrid, p.54

Génesis, 1, 26

Gaudium et Spes, 22

H. Tritam Engelhardt, 1995. Los Fundamentos de la Bioetica, Paidos, Barcelona p. 230

  Kass Leon, 30 de abril de 2006. http://www.bioeticaweb.com/component/option,com_autores/task,autor/id,2096/Itemid,904/lang,es/

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