Critica: Un diario sin lectores (1).

¿Es la información un derecho inalienable?

Soy un lector de periódicos. Me gusta el olor a níspero maduro del papel impreso. Y ensuciarme de tintas las manos mientras los leo. Es como sentirme alfarero o de haber intervenido en su publicación. Un diario me parece un arte-facto. Una arte-sania. Pero también una obra intelectual.

Esa afición me nació en la adolescencia. Y ahora en la vejez-tud la sigo cultivando. Leyendo cada mañana el diario desde el balcón en que comulgo del arrullo marino al Magdalena.

Y cautivo de la misma, sin querer queriendo, me hice columnista, redactor de crónica roja, reportero judicial, comentarista cultural y, hasta, editorialista. Y  edite revistas y periódicos de fugaz vida. Lo digo solo para expresar que conozco el oficio, llamado por dos nobeles de la literatura (Camus y Gabo) como el mejor  del mundo. En otro momento exploraremos el origen de esa emblemática frase.

Bueno. Estando en meditaciones, para continuar respondiendo a la invitación del Portal Sólo Proposiciones, me percate que era domingo. El Día Mundial de la Libertad de Prensa. Percepción que descubrí cuando los diarios  me ensuciaron las manos.

En el diario sin lectores me topé con su Editorial titulado “PRENSA EN TIEMPOS DE PANDEMIA” (El Heraldo. 5/3/2020). Encontrando, como un deseo sofocado, lo que andaba buscando en el amanecer de aquel domingo sin olores de cocina cómplice. Y ahí, en el editorial, se dice:

1ro. “La intempestiva crisis de salud pública que ha desatado el coronavirus, en la que la prioridad es salvar vidas, plantea un contrasentido FRENTE AL INALIENABLE DERECHO HUMANO DE INFORMAR Y DE SER INFORMADO”(Ibídem. Pág. 2B. Mayúsculas mías).

2da. “Hoy, 3 de mayo, día de la Libertad de Prensa, pilar de una democracia, hay que alzar la voz para reivindicar el servicio informativo como una labor imprescindible, QUE NO DEBE SER ENTENDIDA COMO UN PRIVILEGIO QUE RECLAMAN LOS MEDIOS, sino como una necesidad vital de toda la sociedad… “(Ibídem, mayúsculas mías).

Soy enfático en decir que el derecho a la información, no es un derecho INALIENABLE, como equivocadamente se afirma en el editorial en comento. Eso no niega que no sea un derecho humano fundamental.

El contenido, de ambos apartes citados, es contradictorio además de redundante. Son controversiales. Por ello presumo, salvo mejor criterio, que el editorialista no tiene claro el alcance de los conceptos ahí expresados. Y desde su posición de autoridad, Dirección del diario, los cree correcto. He ahí el móvil de esta crítica pública.

Iniciare con la primera afirmación editorial. Y en la próxima me dedicare a la segunda. Al grano.

1ra. ¿ES INALIENABLE EL DERECHO A LA INFORMACIÓN?

Soy enfático en decir que el derecho a la información, no es un derecho INALIENABLE, como equivocadamente se afirma en el editorial en comento. Eso no niega que no sea un derecho humano fundamental.

En nuestra Constitución Política vigente, solo en el artículo Quinto, incluido en el Capítulo de los Principios Fundamentales, se utiliza el adjetivo “inalienables” para calificar una especial clase de derechos. La norma constitucional, textualmente, dice:

“El Estado reconoce, sin discriminación alguna, LA PRIMACIA DE LOS DERECHOS INALIENABLES DE LA PERSONA y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.”(Mayúsculas mías)

Obsérvese que la Constitución alude, en ese artículo,  a instituciones políticas claves, como: El Estado, La Persona, La Familia y La Sociedad. Y al comprenderse, teleológicamente, el contenido del mismo no dudo en afirmar que es el más importante de la misma Constitución Política porque contiene su filosofía. La filosofía liberal que la inspira. El artículo 5to constitucional es un principio, complejo, de filosofía política. De ahí que para interpretarlo se debe, pedagógicamente hablando, saber su origen. En éste caso, filosófico. Político.

Entonces, los derechos inalienables son de la persona humana. Son derechos de su autonomía personal. Por eso no son negociables. El significado de INALIENABLES es que son principios o derechos que no se enajenan, venden, ceden o donan.

Ese carácter de inalienables proviene de la defensa de la persona humana, natural, frente al embate del poder del Estado. Son inalienables frente al Estado. Y ellos porque son inherentes a la dignidad humana de cada persona o individuo. Son derechos intransferibles. En razón a que la dignidad humana no tiene precio, sino valor, parodiando la célebre frase del filósofo prusiano Inmanuel Kant.

Cuáles son esos derechos INALIENABLES de la persona autónoma (la que es su propia ley), se preguntara el lector travieso, el que no traga entero. Son: La Libertad, La Vida y La Propiedad. Todos son derechos individuales, incompatibles con otras personas. Por eso no se ceden. Hacen parte de SU PERSONALIDAD. 

En ese contexto constitucional, por ejemplo LA LIBERTAD PERSONAL, como derechos inalienables, NO PUEDE VENDERSE O COMPRARSE porque se desnaturaliza el derecho o principio. No ocurre lo mismo, por ejemplo, con la libertad que se atribuyen los medios de comunicación social en Colombia, ya que su libertad, como persona jurídica, depende del mercado, porque un medio periodístico se convierte en una empresa y su producto, el periodismo, en mercancía. La información, amén de un derecho, se mimetiza en mercancía. Dónde está su autonomía si depende de la venta de su espacio o paginaje a la publicidad comercial, política o personal de anunciantes.

Por ello, afirmar desde el editorial de un periódico que la información, que en él se difunde, es un derecho INALIENABLE es publicar una afirmación equivocada. Equivocada porque desconoce la realidad de los medios periodísticos en el país. Y obvio del alcance filosófico del término INALIENABLE.

Tanto es equivoca que la Fundación para la Libertad de Prensa, Flip, en un informe periodístico publicado, el mismo Día Mundial de la Libertad de Prensa, por el diario El Tiempo, dice lo siguiente:

“Uno de los casos más recurrentes fue la compra de contenido. “Entidades públicas o privadas hacen un contrato con un medio de comunicación para que este produzca noticias, crónicas, especiales, entrevistas y transmisiones en vivo”. Para la Flip, esta práctica “ha afectado la independencia de los medios, su credibilidad y también el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz, ya que se está disfrazando propaganda de periodismo sin ningún tipo de advertencia a los ciudadanos”(El Tiempo. 5/3/2020. Pág. 2.5).

Creo que un editorialista siempre debe tener claro, suficientemente claro, los aspectos esenciales de sus afirmaciones, porque los lectores somos sujetos activos del Derecho a la Información. NO PUEDE PRETENDER FORMAR, EDUCAR A SUS LECTORES, QUIEN NO SABE LO QUE DICE. 

Próxima: ¿ES LO MISMO LA LIBERTAD DE PRENSA QUE EL DERECHO A LA INFORMACIÓN?

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