Cuando los llamamientos a juicio contra los procesados por la fraudulenta Remodelación del edificio del Banco de la República, en el Paseo Bolívar, quedaron en firme, los expedientes divididos fueron enviados, por separado y en tiempos distintos, a Barranquilla que entonces tenía como Alcalde Distrital al acusado de peculado economista Guillermo Honeigsberg Bornacelly, quien se había posesionado a pesar de tener medida de aseguramiento en su contra, al igual que los otros enjuiciados.
“GUILLO” Y “EL CURA”
El proceso había sufrido una “ruptura” por la temporalidad y la naturaleza de los hechos investigados por la Fiscalía General de la Nación. Y, obvio, por la unidad de sindicados. Eran los mismos sujetos pero en diferentes roles. Se armó un proceso por el contrato inicial y otro por el adicional. En el primero, “Guillo” fue el Jefe de Presupuesto y en el segundo Secretario de Hacienda Distrital. Ambos contratos se pagaron “bajo su custodia”. Ahora era él, el alcalde y, como tal, el representante legal de la víctima de delitos contra la administración pública: el Distrito de Barranquilla. ¡Semejante nudo!
JAIME LOMBANA V y CARLOS GALVEZ, defensor de “GUILLO”, el Alcalde
Honeigsberg con todo el poder de la Alcaldía en sus manos y el respaldo político nacional, intentó por todos los medios procesales evitar el llamamiento a juicio. Interponiendo recursos y pretendiendo manejar las pruebas. Contrató para su defensa al bufete del Dr. Jaime Lombana Villalba, flamante abogado del Expresidente de la República, Álvaro Uribe Vélez. Los otros procesados, como en la audiencia de Jorge Zalamea, “hicieron coro en torno a él”. Pero, la vigilancia temprana del actor popular impidió las pretensiones del Alcalde y su cofradía. El llamamiento a juicio se decretó y en firme fue remitido para su ejecución ante el juez natural: un juez penal del circuito judicial de Barranquilla.
¡Y acá comienza lo íntimo de esta inédita historia, Caballeros!: ¿Cómo sentar en el banquillo de los acusados al titular de la Alcaldía Distrital de Barranquilla?
A los procesados, entre ellos el Alcalde, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito les dictó, como medida de aseguramiento, caución y presentación periódica, pues el peculado para la fecha del primer contrato de obras pública tenía una pena menor. Mientras para el otro proceso, ese mismo delito había sufrido un aumento significativo en el “quantum” de la pena de prisión, producto entiendo de la Ley Anti-corrupción, así que ameritaba detención preventiva intramural.
“Guillo” presumo nunca bailó esa canción, pues se declaró “preso político”, cuando en realidad es un político preso. Que no es lo mismo. ¡Tú sabes!
Ese proceso correspondió, si mal no recuerdo, al Juzgado Primero Penal del Circuito cuya titular, creo, se había pensionado. Y el Tribunal había encargado a un “marrullero” que trajo del municipio de Soledad, quien se negaba, sistemáticamente, a convocar la audiencia pública y a aplicar la medida de detención a los enjuiciados, ante que solicitud del actor popular, contra quien “la tropa de la defensa colectiva”, agenciada por el Alcalde, se vino “lanza en ristre” descalificando la petición y atacando de ignorante a quien representaba a la comunidad victima en ese proceso, en el que la Corte Suprema de Justicia, al fin, ha dictado la última palabra, después de un tortuoso trámite.
Uno de esos colegas es difunto y por respeto a la memoria omito nombre y apellido. Fue el más ofensivo y virulento en los ataques “ad hóminen” al actor popular, -no a su teoría- en declaraciones radiales y televisivas, pues la petición de detención del Alcalde se volvió “la comidilla” de la ciudad de vecinos que es Barranquilla. La tesís era sencillamente dialéctica: ¿SÍ el juez en el juicio podía conceder la libertad al acusado, por qué no podía privarlo de la misma durante la audiencia sí el delito tenía como pena principal prisión intramural? Esa interpretación provino de una lectura sonámbula y crítica del articulado sobre el juicio del anterior Código de Procedimiento Penal.
A Honeigsberg, como a los otros, la Fiscalía ante la Corte Suprema les decretó detención preventiva, cuando confirmó el llamamiento a juicio. Y remitió el caso a Barranquilla para la celebración de la audiencia. Recuerdo que el Alcalde estuvo recluido en el edificio del D.A.S. en el barrio Recreo, mientras los otros en la Cárcel Distrital del barrio El Bosque. Además, recobraron la libertad por acción de tutela, cuyos motivos no recuerdo, pues redacto de “memoria” por el tiempo y porque del expediente, ni mis escritos, conservo. Esos miles de folios los regale para ser vendidos como “papel viejo” reciclables. Benny, el vigilante de la oficina los vendió. Y todavía la corte, sala penal, no ha publicado la sentencia que negó en septiembre casar la condena impuesta 20 años después.
El almendrón del asunto fue: sí el Juez al inicio del juicio podía dictar detención a los acusados, ya que la defensa alegaba que esa medida sólo era competencia de la Fiscalía durante la etapa de investigación. ¿Comprendido? De ese aparente conflicto nació el problema, repito: ¿Cómo sentar en el banquillo de los acusados al titular de la Alcaldía distrital? ¿cuándo se iniciará la audiencia pública?
El Tribunal designó un nuevo juez para el Despacho donde cursaba el caso del contrato adicional y/o accesorio, de mayor valor que el inicial. Al cargo llegó un juez que venía de Magangué, Luwing Reyes quien, según la crónica judicial local, se transportaba en bus urbano, para más señas de “Delicias Olaya”. ¡Vaya periodismo!. Sé convocó a “la vista pública”, como los “juristas” denominaban al juicio en los procesos penales. ¡Y ahí “parió pabla!”. El señor Alcalde se excusó. Sin él no podía realizarse la diligencia, pues como servidor público, en funciones públicas constitucionales, estaba obligado por ley a decir: “Presente, ¡señor Juez!”. Entonces, ¿qué hacer?
Recuerden que el nuevo Juez Primero Penal del Circuito debía, además de presidir la audiencia, decidir sobre la solicitud de detención preventiva para el Alcalde titular de la ciudad, presentada días atrás por el actor popular. Ese era “la chiva periodística”. Cuando redactores de El Heraldo me indagaron sobre el particular horas antes de la nueva fecha, manifesté: “Si el alcalde no asiste, pediré su captura“. Así titularon. ¡Abracadabra! Abierta la audiencia, en una de las salas del tercer piso del Centro Cívico, apareció sentado frente al Actor Popular el flemático “Guillo“, estaba bien acomodado en el banquillo de los acusados. La fórmula mágica funcionó. El Alcalde trajo un nuevo defensor, desde la fría capital, el ex-magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia Dr. Carlos Gálvez Argote, cuya figura inclinada por los años y las gabardinas de paño boyacense lo asemejaba a un personaje de novela kafkiana, pero en el trópico.
Luego de interrogar al reo sobre sus generalidades de ley, el togado inició, de viva voz, a pronunciarse sobre la petición de privación de la libertad del Alcalde titular, en razón a la naturaleza del delito que contemplaba la detención preventiva como medida de aseguramiento. Cuando en el desarrollo de las consideraciones, que fundamentaban la providencia esperada, preveían que la detención sería decretada, el Defensor de Honeigsberg se levantó y con el brazo en alto, interrumpió al juez y se “apropió” de la palabra. Se sintió un murmullo metálico en la sala que estaba repleta de cámaras de televisión, micrófonos y de un público de vagos y empleados de la Alcaldía.
El ex-magistrado Galvez, vestido de paño inglés, presentó recusación contra el juez Reyes, evitando el decreté de la detención de su importante defendido, alegando, entre otras causales aparentemente legales, que estaba impedido por: “por no tener vehículo propio y exponerse al transporte público y venir del municipio de Magangue”. Obvio, ésta sesuda recusación coadyubada por el resto de defensores, cuyos honorarios también “cubría” el poderoso “guillo“, levantándose a grito de “cuello tendido”, como una manada de aves entrenadas. El juez rechazó la inusual petición colectiva, pero la diligencia de “ipso facto” se suspendió para que la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Barranquilla resolviera la insólita recusación.
Días después, al conocerse quienes eran los Magistrados que conocerían de la recusación, uno de ellos también fue recusado, dizque porque ya se había pronunciado, en oportunidad anterior sobre la conducta del burgomaestre juzgado. Y se debió designar un con-juez para recomponer la Sala y se dirimiera el conflicto. Fue designado el académico Dr. Jesús Alvarez Cabrera, ex-decano de un programa de jurisprudencia local, a quien le correspondió redactar la ponencia de fallo. Ponencia que fue una pieza procesal que demostraba que en la ciudad había suficiente numen jurídico, decente y serio, como para no “importar” defensores de Bogotá City.
El equipo de “la defensa”, contratada sólo para el “mangoneo” judicial, al quedar habilitado el togado Reyes para proseguir la audiencia y concluir la anunciada detención del alcalde, presentó la solicitud de cambio de radicación de los procesos bajo el falaz argumento que: en barranquilla no habían condiciones de imparcialidad para juzgar a los exalcaldes “guillo” y “el cura“. Con dicha petición se mostró para que el Alcalde Honeigsberg contrató al exmagistrado de la Corte Suprema, porque más tarde, la Corte avaló la petición y el juicio fue trasladado a Bucaramanga, la ciudad de Los Parques, contrariando la sentencia inmortal de El Joe: “en Barranquilla me quedo” porque uno de sus versos “vacílalo rumbero” se canta y se baila así:
“Y si a mí me meten preso
Barranquilla a mí me saca,
“¡Porque en tierra firme me quedo!”.
“Guillo” presumo nunca bailó esa canción, pues se declaró “preso político“, cuando en realidad es un político preso. Que no es lo mismo. ¡Tú sabes!
Aunque en los anales judicial de la ciudad y en los archivos de El Heraldo, quedó registrada la foto del Alcalde Mayor de Barranquilla, cómodamente sentado en el banquillo de los acusados por un juicio penal como autor del delito de peculado, contra el presupuesto de la ciudad. Esa foto es histórica. Lo de Bucaramanga es otra historia por contar.
La próxima: La historia continua, pero en Bucaramanga.